El proyecto «TRACE» de la OCDE

Como sabemos, el “Common Reporting Standard -CRS”es un estándar común para envío automático y anual de reportes, a la autoridad competente del país de residencia fiscal del titular de una cuenta financiera “off-shore”, con información acerca de los detalles de dicha cuenta financiera y de su titular. 

Por: JOSÉ ANDRÉS ROMERO ANGRISANO

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El “CRS”se ha venido implementando con éxito a nivel global con 149 países adheridos a la fecha, de los cuales 102 se comprometieron a enviar reportes conforme al estándar durante los años 2017 y 2018, incluyendo a Panamá con su primer envío ocurrido en septiembre de 2018

Así, es muy probable que la OCDE se encuentre ya presta a reanudar el trabajo para la implementación de su otro estándar, el llamado “TRACE” por sus siglas en inglés. “TRACE” significa “Treaty Relief and Compliance Enhancement”. El proyecto“TRACE”  ha pasado relativamente desapercibido en nuestras latitudes. Sin embargo, en enero de 2013, el Comité de Asuntos Fiscales (“CAF”) ya le había dado el visto bueno al paquete de implementación diseñado por el grupo de trabajo y había dado las instrucciones para que se exploten las sinergias existentes entre “TRACE”,el “CRS” “FATCA”. También, el CAF giró el mandato al grupo de trabajo para que desarrollare un plan de adopción multilateral del sistema de “Authorized Intermediary-AI” que incorpora el proyecto “TRACE”.

Vale acotar que el sistema “AI” de “TRACE” guarda estrecho parecido con el sistema de “Qualified Intermediaries-QI” del “Internal Revenue Service-IRS” de los EE.UU., tanto como el “CRS” está en una relación de estrecha analogía con “FATCA”. No se está reinventando la rueda sino que se está buscando mayor uniformidad en la industria. Visto como la implementación de “FATCA”, globalmente, inyectó esteroides al régimen “QI”, siendo hoy en día dos caras de la misma moneda estos dos sistemas; no resulta descabellado prever que la implementación del “CRS”, globalmente, acelere la implementación del estándar “TRACE”.

“TRACE” constituye un procedimiento estandarizado para que “Authorized Intermediaries-AIs” puedan hacer valer las exenciones o tasas de retención reducidas que le correspondan a sus clientes de cuentas de inversión, con base en la ley del país de la fuente o con base en tratados para evitar la doble tributación.

La reclamación de los beneficios de retenciones menores se llevarían a cabo por canastas (“pooled-basis”), tal como ocurre bajo el régimen QI, de manera que la información relativa al propietario real (“beneficial owner-BO)” de los rendimientos financieros, pueda ser resguardada por el intermediario con la relación más cercana con el “BO”. Es decir, los intermediarios en la cadena de custodia pueden facilitarle a sus clientes el beneficio de retención reducida en la fuente, sin necesidad de suministrarle a potenciales competidores (otros intermediarios en la cadena de custodia) la información de los clientes.

Ahora bien, el sistema parte, al igual que “FATCA”,el “CRS” y el régimen “QI”, de la buena fe del cliente que suministra una auto-certificación al intermediario financiero, mediante la cual le informa acerca de cuál es su residencia fiscal, entre otros datos. Por lo tanto, no sería necesario que el “BO” suministre el típico certificado de residencia fiscal para poder acceder a tasas de retención menor en el país de la fuente.

En principio, la información sobre el “BO” que recibió el beneficio de retención reducida, sería transmitida por el “AI” a la autoridad competente del país de la fuente. Sin embargo, convenientemente, cuando existan los acuerdos pertinentes entre el país de la fuente y el país de residencia del “AI”, se prevé que el país de la fuente permita que el “AI” reporte a la autoridad competente del país de residencia del “AI”, el cual transmitiría dicha información automáticamente al país de la fuente. Recibida la información acerca del “BO”, la autoridad competente del país de la fuente la enviaría al país de residencia del “BO”, para que esta le corrobore si en efecto el “BO” es residente en dicho país.

Como vemos, “TRACE”es un sistema para hacer valer de manera ágil, automática y de buena fe, en los mercados de capitales, beneficios fiscales derivados legalmente de tratados para evitar la doble tributación y de las leyes del país de la fuente. El sistema imprimiría rapidez y eficacia a la reclamación de beneficios de tratados en el ámbito de los mercados de capitales. De ahí que “The Association of Global Custodians” haya solicitado a la OCDE, ya desde el 2013, la aceleración en la implementación del paquete “TRACE”.  

 Sin embargoa pesar de que el siguiente paso lógico sería dedicarle el tiempo necesario a la implementación de “TRACE”, el hecho de que el sistema se basa en la buena fe del inversionista y en la debida diligencia del “AI” como factores fundamentales,  quizá pueda restarle impulso a la implementación de este sistema estandarizado de “relief-at-source”; visto lo que los grandes inversionistas y sus bancos intermediarios fueron capaces de instrumentar en Europa, durante años y a gran escala, con los esquemas “CUM-EX” de préstamos de valores, recientemente investigados, con los cuales aparentemente timaron a los tesoros europeos en más de 55 billones de euros, representados por reembolsos de impuestos no retenidos realmente. Veremos.